Cómo cumplir con los decretos de pesaje del MOP en Chile y evitar multas

El pesaje de camiones y el cumplimiento normativo pueden parecer temas puramente administrativos, pero la realidad es que afectan directamente a muchas empresas en Chile. Un error en la medición no sólo significa problemas logísticos, sino que puede traducirse en multas millonarias, detención de flotas y pérdida de continuidad operativa.

A menudo, el lenguaje legal resulta complicado y el detalle de lo que implica el incumplimiento de estos decretos se pierde. En este artículo, explicaremos los alcances de los principales decretos del MOP (Ministerio de Obras Públicas) y explicaremos cómo los equipos de PRECISION, certificados ante el INN y el SAG, te ayudan a cumplir con la ley sin dolores de cabeza.

Puntos clave: Decretos de pesaje y continuidad operativa

  • El Decreto 158 (Art. 2) prohíbe la circulación de vehículos que superen las 45 toneladas de peso bruto total.
  • El Decreto 18 (Art. 2) obliga a toda empresa que genere más de 60.000 toneladas anuales a contar con sistemas de pesaje aprobados.
  • Las precisiones obligatorias están fijadas por ley en el Decreto 18 (Art. 3): +/- 60 kg en pesaje estático y +/- 3% en dinámico.
  • El Decreto 474 (Art. 8) faculta a Vialidad a fiscalizar las balanzas usando camiones con pesos patrones.
  • El Tríptico del MOP resume las tolerancias de peso que permiten reestibar la carga sin multas.
  • PRECISION ofrece sistemas de pesaje METTLER TOLEDO que te ayudan a cumplir con estos decretos y además estamos certificados ante el INN y el SAG, brindando exactitud metrológica y protección legal.

Decreto 158: El límite máximo de peso y quién fiscaliza

Imagen: METTLER TOLEDO

El Decreto MOP 158 de 1980 es la piedra angular de la normativa de tránsito de carga pesada en Chile. Su objetivo es proteger la infraestructura vial (pavimentos y puentes) del deterioro prematuro. No es una simple recomendación, es una prohibición expresa.

El límite de las 45 toneladas

El Artículo 2 de este decreto establece los límites máximos permitidos. Específicamente, en sus numerales 2.2.1 y 2.2.3, decreta que el peso bruto total de la combinación de un camión con remolques o semi-remolques tiene un límite máximo de 45 toneladas.

¿Quiénes fiscalizan y qué pasa si incumples?

La ley es clara respecto a quién tiene la autoridad en la ruta. El Artículo 6 señala expresamente que "Carabineros de Chile e Inspectores Fiscales de la Dirección de Vialidad, fiscalizarán el cumplimiento de las disposiciones".

Si un vehículo es sorprendido con sobrepeso, las consecuencias operativas son inmediatas. El Artículo 5 dictamina que "el vehículo no podrá proseguir transitando a menos que elimine la sobrecarga transportada, ya sea reestibando o descargando el exceso". Además, la descarga es por cuenta exclusiva del infractor, sin que Vialidad asuma responsabilidad por pérdidas o mermas.

Decreto 18: La exigencia legal para generadoras de más de 60.000 toneladas

Imagen: METTLER TOLEDO

Mientras el Decreto 158 regula a los camiones en ruta, el Decreto 18 de 1993 regula a las empresas desde donde sale la carga. Esto es vital para entender que la responsabilidad no es solo del transportista.

¿A quién aplica esta ley?

El Artículo 2, letra a), define como "Empresa Generadora de Carga" a "aquella que anualmente produce 60.000 toneladas o más en cada lugar de embarque o de recepción". Si tu operación alcanza este volumen, quedas automáticamente sujeto a las exigencias de este reglamento.

Precisión fijada por ley: no sirve cualquier balanza.

El Estado exige márgenes de error minúsculos para asegurar que no salgan camiones con sobrepeso a las rutas. El Artículo 3, número IV del Decreto 18 (y reafirmado en posteriores modificaciones) estipula las precisiones obligatorias de acuerdo al tipo de sistema:

  • Pesaje estático (letra a): Debe tener una precisión de "+/- 60 Kg. en el registro de cada eje".
  • Pesaje dinámico (letra b): Exige una precisión de "+/- 3% en el registro de cada eje y peso total, en el rango de 1 a 6 Km/hora".
Por ejemplo, una báscula de camiones METTLER TOLEDO VTS200, equipada con células de carga POWERCELL® MTX y un sistema de indicación y gestión adecuado, puede constituir una solución para cumplir el requisito de ±60 kg por eje, sujeto a la configuración, instalación, calibración, verificación y aprobación correspondiente del sistema.

Igualmente, el sistema de pesaje RWS de Rice Lake está diseñado para el pesaje de vehículos de varios ejes, tanto en modo estático como dinámico, permitiendo determinar el peso total, el peso neto de la carga y los pesos individuales por eje, lo que permite identificar eventuales sobrecargas por eje. 

Como especialistas en pesaje, en PRECISION podemos ayudarte con la instalación, calibración, verificación y aprobación metrológica para que estos sistemas correspondan a la normativa.

Decreto 474: Fiscalización estricta con camiones de pesos patrones

El Decreto 474 de 1994 actualizó el reglamento para cerrar brechas en la fiscalización de las empresas generadoras de carga, dejando en claro que el MOP auditará la tecnología que las empresas utilizan.

El punto central para las gerencias de operaciones se encuentra en el Artículo 8°

Este artículo establece que todo el sistema de pesaje instalado por las empresas, incluyendo el registro de información y su buena operatividad, "será fiscalizado por el Departamento de Pesaje de la Dirección Nacional de Vialidad".

Para demostrar que esta fiscalización es técnica y empírica, el mismo Artículo 8° indica que el organismo fiscalizador debe disponer de "un camión con pesos patrones". Es decir, la autoridad probará físicamente la balanza de tu planta con un peso exacto y conocido; si tu báscula no cumple con las precisiones del Decreto 18, te expones a severas sanciones.

Como laboratorio de calibración acreditado por el INN, en PRECISION te ofrecemos un servicio de calibración para lograr que tu báscula se ajuste a las exigencias de la ley, brindándote confiabilidad en cada pesaje y previniendo multas por incumplimientos.

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Tríptico MOP 2025: Configuraciones y tolerancias en la práctica

Para facilitar la comprensión de esta densa normativa legal en el día a día, el MOP entrega un Tríptico actualizado (vigente para 2025). Este documento es la herramienta visual que todo despachador y conductor debe conocer.

De este tríptico rescatamos dos elementos operativos críticos:

  • El cuadro de configuración de ejes: Detalla gráficamente los límites en toneladas dependiendo del tipo de rodado (simple, doble, triple) y esquemas específicos, facilitando el cumplimiento del Decreto 158.

TOLERANCIAS DE PESO POR EJE (RESOLUCIÓN 60/2018)

TIPO DE EJE

TIPO DE RODADO

TOLERANCIA (Kg)

SIMPLE

SIMPLE

650

SIMPLE

DOBLE

800

DOBLE

SIMPLE

700

DOBLE

DOBLE Y SIMPLE

950

DOBLE

DOBLE

900

TRIPLE

SIMPLE

950

TRIPLE

DOBLE Y SIMPLE

1.100

TRIPLE

DOBLE

1.200

  • El cuadro de tolerancias (basado en la Resolución 60/2018): Establece márgenes operacionales. Por ejemplo, otorga una tolerancia de 650 kg para un eje simple de rodado simple, y de 1.400 kg para un peso bruto total de 45 toneladas.

CONFIGURACIÓN DE EJES Y RODADOS (DECRETO MOP N° 158)

EJE

RODADO

LIMITE (Kg)

SIMPLE

SIMPLE

7.000

SIMPLE (ANCHO DE RODADO > 315 MM)

7.350

SIMPLE

DOBLE

11.000

DOBLE

SIMPLE

14.000

DOBLE

DOBLE/SIMPLE

16.000

DOBLE

DOBLE

18.000

TRIPLE

SIMPLE

19.000

TRIPLE

DOBLE/SIMPLE

23.000

TRIPLE

DOBLE

25.000

CUADRUPLE

DOBLE

29.000

EJE SIMPLE (Compuesto por semiejes)

MULTIPLE 4 RUEDAS

12.000

EJE SIMPLE (Compuesto por semiejes)

MULTIPLE 8 RUEDAS

14.000

En este sentido, el software de pesaje E-TRUCK 4 de PRECISION es una solución para la gestión detallada de tus operaciones de pesaje, brindándote información clave para el monitoreo de la tolerancia en tus camiones, ayudándote a mantenerte dentro de los requerimientos de ley.  

El beneficio de la tolerancia

El tríptico aclara que si el vehículo registra sobrepeso, pero se encuentra dentro de la tolerancia, el conductor tiene la oportunidad de "reestibar o trasladar la sobrecarga excedente". Si logra hacerlo y ajustarse a los límites, no se cursará el denuncio de infracción.

Cómo PRECISION te ayuda en el cumplimiento normativo

Imagen: PRECISION

Como hemos visto, la ley chilena (mediante los Decretos 158, 18 y 474) no deja margen para improvisaciones. Cumplir con una precisión de +/- 60 kg en cargas masivas y superar las pruebas con pesos patrones de Vialidad exige tecnología industrial de primer nivel.

En PRECISION, proveemos sistemas de pesaje de camiones diseñados específicamente para cumplir con estas normativas. Nuestras soluciones, como la báscula de camiones VTS200 de METTLER TOLEDO, operan con tecnología de punta que mantiene la exactitud a lo largo del tiempo, resistiendo las duras condiciones de la industria.

Más importante aún, el laboratorio PRECISION está certificado para magnitud masa, ayudándote con la configuración y calibración de tus sistemas. Esto significa que cuando se audite tu instalación, tendrás el respaldo metrológico ya que los equipos que instalamos pasan por el proceso de certificación para que cumplan con las normativas exigidas, según las tolerancias previamente indicadas (3% y/o +- 60 kg)

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Preguntas frecuentes sobre normativas de pesaje

¿Qué pasa si mi empresa genera menos de 60.000 toneladas anuales?

Aunque no entres en la categoría de "Empresa Generadora de Carga" estipulada en el Artículo 2 del Decreto 18, esto no te exime del Decreto 158. Todo camión que salga de tus instalaciones hacia un camino público no puede exceder las 45 toneladas de peso bruto total.

¿Quiénes son solidarios en el pago de multas por sobrepeso?

Según la normativa y como se advierte en el Tríptico del MOP, el conductor, el propietario del camión y el despachador de la carga son solidarios en el pago de las multas. Por esto, una balanza descalibrada en la planta generadora de carga afecta financieramente a todas las partes.

¿Cuáles son las sanciones por no dejar que fiscalicen el camión?

El cuadro de multas detalla que la "negativa del conductor sin causa justificada para que el vehículo sea sometido a control de peso" está catalogada como una infracción Gravísima, con multas que van de 8.01 a 50.00 UTM.

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